Más de 19 mil afiliados a las AFP usaron fondo de pensiones para adquirir una vivienda
La Superintendencia de Banca, Seguros yAFP(SBS) reveló que hasta el 7 de octubre son 19,603 afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPS) los que tienen aprobada su solicitud para recibir el 25% de su fondo de pensiones con fines hipotecarios.
De este total, el 95% de usuarios lo utilizó para amortizar un crédito hipotecario vigente, mientras que solo un 5% lo utilizó para pagar la cuota inicial, indicó Socorro Heysen, presidenta de laSBS, durante su exposición en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso de la República.
“Cuando se aprobó la Ley N° 30478, que regula el uso del 25% del fondo de pensiones con fines hipotecarios, se creó una gran expectativa entre los afiliados pero las entidades financieras no estaban preparadas y en las primeras semanas colapsaron”, explicó Heysen.
Sin embargo, luego de un proceso de adecuación de las entidades financieras, y ante las acciones de supervisión de laSBSpara acelerar el proceso, éste se ha venido normalizando. Así, a la fecha, ya se ha logrado atender al 70% de las solicitudes presentadas por los afiliados delSPP.
LaSBSse comprometió a agilizar la atención de las solicitudes que presentan los afiliados a lasAFPpara pagar la cuota inicial de un crédito hipotecario o amortizar un crédito vigente. Para ello está trabajando en la modificación del procedimiento operativo que reducirá los plazos de respuesta de las entidades financieras.
Reducción de comisiones
Heysen también destacó que en los últimos años laSBSredujo el número de comisiones en beneficio del consumidor, eliminando así todo cargo inherente a los servicios ofrecidos a los clientes.
Respecto a los créditos, por ejemplo, se eliminaron las comisiones por evaluación, celebración, desembolso y administración; gestión por cobro de crédito; y evaluación y administración de garantías condicionadas al crédito.
Mientras que por operaciones pasivas (depósitos), se eliminaron los cobros por resguardo del depósito; la activación de cuenta de ahorros; y la emisión, renovación y mantenimiento de tarjetas.
El gran reto de emprendedor peruano es convertir su idea o proyecto en un negocio rentable.
El Perú es un conocido como un país emprendedor. Sin embargo, muchas de esas ideas, a pesar de ser buenas, no llegan a convertirse en un negocio exitoso. Romina Díaz, directora del programa Emprende Ahora, nos explica cuales son los aspectos a considerar para hacer rentable mi emprendimiento.
¿Qué debo tener en cuenta para iniciar un negocio?
El Equipo
Un paso muy importante es decidir quienes van a ser tus socios. Tu socio es la persona con la que te vas a casar empresarialmente, tiene que ser alguien con quien trabajes bien, te complementes y que compartas ciertos principios y valores. Asimismo, al formar un equipo cada vez más grande, se debe buscar la interdisciplinariedad.
“Más vale un excelente equipo con un modelo de negocio regular que un excelente modelo de negocio con un equipo regular.”, enfatiza.
Validar el producto
Un segundo punto a considerar es enfocarnos en un problema, una necesidad que se quiera resolver. De acuerdo a esta necesidad, se crea un producto o servicio que debe ser validado por el cliente; son ellos los que deciden. Hay que recordar que no hay producto perfecto, poco a poco se va perfeccionando con el feedback de los clientes.
Financiamiento
Hay emprendimientos que han empezado con S/0. Esto se debe a que han desarrollado un producto en un momentum adecuado y a partir de esto han conseguido clientes rápido. Lo más importante es tener un público y para ello tienes que tener un producto o servicio que responda a sus necesidades.
Cuando consideras que necesitas capital para hacer crecer tu negocio, lo más importante es preguntarse cual es la fuente más adecuada para tu caso.
En general, la primera fuente de recursos a la que debemos orientarnos son nuestros ahorros. Seguido por un financiamiento a través de nuestra red de contactos: familia, amigos y conocidos. Y también, existen en el mercado capitales semillas como los de Star Up Perú, Innóvate Perú y fondos de universidades.
Hay que tomar en consideración que si se piensa en estas redes de inversión, el negocio debe tener ya un desarrollo importante, demostrar que posee un mercado cautivo y que tiene pontencial. Solamente así, los inversionistas decidirán invertir.
¿De qué depende el éxito del negocio?
El éxito está en el equipo, en lo que sea capaz de aprender, aplicar y proponer, de esta manera generar valor para la empresa y sus inversionistas.
Es importante también el conocimiento del sector al que se dirige, en el equipo debe haber personas que conozcan el mercado para fácilmente penetrar en él, tener contactos y poder empezar con clientes o aliados que nos ayuden a tener una propuesta mucho más rentable.
Una cosa a destacar es que el planteamiento del modelo de negocio debe tener un enfoque innovador ya sea desde el producto, los proceso o la forma en la que se llega a los clientes. Tienes que buscar diferenciarte de tu competencia y crear valor en el mercado.
Mes del emprendimiento
En noviembre, se llevará acabo el mes del emprendimento que reunirá a más de 40 organizaciones entre públicas y privada (Produce, Cofide, Wayra, universidades y comunidades de emprendedores) que ofrecerán diferente actividades destinadas a mejorar el ecosistema de emprendimiento en el país. Los intersados pueden consultar la web peru-emprende.pe.
De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 16 – NIC 16 Inmovilizado Material, la depreciación es la distribución sistemática del costo de un activo a lo largo de su vida útil y para ello existen diferentes métodos de depreciación que no necesariamente coinciden con la utilizada para fines tributarios que es generalmente el de línea recta, lo cual genera diferencias entre uno y otro tratamiento, el presente trabajo esta está enfocado a describir el tratamiento tributario de la depreciación de los diferentes bienes del activo fijo, en el cual también veremos algunos casos prácticos.
Depreciación
¿Qué es la depreciación? Es la reducción del valor histórico de las propiedades, planta y equipo por su uso o caída en desuso. La contribución de estos activos a la generación de ingresos del ente económico debe reconocerse periódicamente a través de la depreciación de su valor histórico ajustado. Con el fin de calcular la depreciación de las propiedades, planta y equipo es necesario estimar su vida útil y, cuando sea significativo, su valor residual.
Se entiende por vida útil el lapso durante el cual se espera que estos activos contribuyan a la generación de ingresos de la empresa. Para determinarla es necesario conocer ciertos factores como las especificaciones de la fábrica, el deterioro que sufren por el uso, la obsolescencia por avances tecnológicos, la acción de algunos factores naturales y los cambios en la demanda de bienes y servicios a cuya producción oservicio contribuyen. El valor residual o valor de salvamento es aquel precio que la empresa estima tendrá el activo una vez terminada su vida útil. Para los bienes inmuebles, la depreciación debe calcularse excluyendo el valor del terreno respectivo.
La depreciación periódica se debe determinar en forma sistemática y por métodos de reconocido valor técnico como el de línea recta, suma de los dígitos de los años, unidades de producción o aquel que mejor cumpla con la norma básica de asociación.
Las dos causas principales de depreciación son el deterioro físico y la obsolescencia. El deterioro físico de un activo resulta de su uso y también a la exposición a factores climáticos y la obsolescencia (volverse desactualizado u obsoleto) resulta de la oportunidad de uso económico y eficiente de un activo.
LA DEPRECIACIÓN SEGÚN EL I.R Para efectos tributarios, la depreciación es el desgaste o agotamiento que sufren los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilizan en sus negocios, industria, profesión u otras actividades productoras de rentas gravadas de tercera categoría, estos gastos se compensa mediante la deducción de la depreciación para determinar la renta neta sobre la que se pagará el Impuesto a la Renta, se debe computar anualmente y sin que en ningún caso se haga incidir en un ejercicio gravable depreciaciones correspondientes a ejercicios anteriores, en ese sentido no se puede deducir en un determinado ejercicio la depreciación no deducida en ejercicios anteriores, la cual se deberá adicionar en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, recordemos también que el artículo 57º de la Ley del Impuesto a la Renta no permite la deducción de gastos de ejercicios anteriores. Cuándo los bienes del activo fijo sólo se afecten parcialmente a la producción de rentas, las depreciaciones se efectuarán en la proporción correspondiente.
Tasas de depreciación para fines del impuesto a la renta
Las tasas de depreciación a aplicarse son las siguientes:
a) Edificios y construcciones: 3% anual (Aplicable hasta el 31.12.2009).
b) Edificios y construcciones: 5% anual (Aplicable a partir de 01.01.2010).
En cuanto a los edificios y construcciones la ley ha establecido una tasa fija de depreciación, por lo tanto no se podrá utilizar tasas diferentes ya sean menores o mayores, a diferencia de los otros bienes que veremos a continuación en donde se has establecido una tasa máxima, en ese sentido se pueden utilizar tasas menores de depreciación, pero no así tasas mayores. Base legal: Art. 39º TUO de la Ley del Impuesto a la Renta modificado por Ley Nº 29342 vigente a partir de 01.01.2010 y 22 Inc. a) Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Otros bienes: Bienes y su Porcentaje Máximo Anual Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. 25 % Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. 20% Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipos de oficina. 20% Equipos de procesamiento de datos. 25% Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91 10% Otros bienes del activo fijo.10% Base legal: Art. 22º Inc. b) Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta Casos especiales de depreciación: Bienes y su Porcentaje Máximo Anual Aves reproductoras (gallinas). 75% Bienes de concesiones en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.20% Bienes inmuebles adquiridos mediante el sistema leasig En función al número de años que dura el contrato, el contrato mínimo debe ser por 5 años.
Bienes muebles adquiridos mediante el sistema leasing En función al número de años que dura el contrato, el contrato mínimo debe ser por 2 años.
Inmuebles propios de empresas de servicios de hospedaje utilizados para tal fin que hayan iniciado operaciones antes del 31 de dic. de 2003. 20% Infraestructura hidráulica y de riego de sujetos acogidos a la Ley de Promoción del Sector Agrario. 20% Hardware de aplicación informática del sistema unificado de control de juegos de casino y máquinas tragamonedas. 33.33% Bienes del activo fijo de las Micro y Pequeñas Empresas Descentralizadas que utilicen en el giro del negocio.33.3% Edificios y construcciones, ampliaciones y mejoras cuando la construcción se hubiera iniciado a partir del 01.01.09 y hasta el 31.12.10 tenga como mínimo un avance de obra de 80%. 20% Bienes muebles, maquinarias y equipos nuevos de las pequeñas empresas.33.3% Maquinarias, equipos y obras civiles necesarias para la instalación y operación de centrales de generación eléctrica con el uso de energías renovables, recursos hídricos y recursos renovables, que sean adquiridos y/o construidos a partir del 29.06.08. 20% Estos porcentajes serán utilizados según :
Formulas:
Métodos y tipos de depreciacion de depreciación
METODOS DE DEPRECIACION DE LOS ACTIVOS FIJOS SEGÚN LA NIC - 16 La NIC 16 en su párrafo 62 señala que pueden utilizarse diversos métodos de depreciación para distribuir el importe depreciable de un activo fijo de forma sistemática a lo largo de su vida útil. Entre los mismos se incluyen
a) El método lineal.- que da lugar a un cargo constante a lo largo de la vida útil del activo fijo, siempre que su valor residual no cambie.
b) El método de depreciación decreciente.- que dará lugar a un cargo que ira disminuyendo a lo largo de su vida útil.
c) El método de las unidades de producción.- que dará lugar a un cargo basado en la utilización o producción esperada.
d) La empresa elegirá el método más apropiado y lo aplicara uniformemente en todos los ejercicios
1 - Método de depreciación de la línea recta.
En este método, la depreciación es considerada como función del tiempo y no de la utilización de los activos. Resulta un método simple que viene siendo muy utilizado y que se basa en considerar la obsolescencia progresiva como la causa primera de una vida de servicio limitada, y considerar por tanto la disminución de tal utilidad de forma constante en el tiempo. El cargo por depreciación será igual al costo menos el valor de desecho.
Costo – valor residual
=
monto de la depreciación para cada año de vida del activo o gasto de depreciación anual
Años de vida útil estimado
Ejemplo 1:
Para calcular el costo de depreciación de una cosechadora de 22.000 que aproximadamente se utilizará durante 5 años, y cuyo valor de residuo es de 2.000, usando este método de línea recta obtenemos:
22.000 - 2.000
=
Gasto de depreciación anual de 4.000
5 años
Este método distribuye el gasto de una manera equitativa de modo que el importe de la depreciación resulta el mismo para cada periodo fiscal EJEMPLO 2 Torres e Hijos adquirieron el 2 de enero del presente año un activo "xxx" por $12.600.00. se estima que este activo tendrá una vida útil de 5 años y un valor residual no significativo. El cálculo de la depreciación anual es el siguiente:
Depreciación anual = $ La depreciación anual, la depreciación acumulada y el valor en libros del activo al final de cada uno de los 5 años de vida útil, se pueden apreciar en la siguiente tabla:
Año
Depreciación anual
Depreciación acumulada
Valor en libros
1 2 3 4 5
$2520 $2520 $2520 $2520 $2520
$2520 $5040 $7560 $10080 $12600
$10080 $7560 $5040 $2520 0
Con el fin de calcular la depreciación periódica de las propiedades, planta y equipo, se requiere estimar, como se mencionó, su vida útil probable o el porcentaje que SUNAT indique tal como mostramos en las hojas anteriores. Aunque estas estimaciones no siempre son precisas ni reflejan con exactitud la realidad del activo.
Métodos de depreciación acelerada. Estos consisten en distribuir el valor depreciable de un activo en forma descendente, es decir, una mayor proporción de su valor en los primeros años de vida de algunos activos son mas productivos y requieren menos gastos de reparación y mantenimiento. Al equilibrar los gastos periódicos de depreciación y mantenimiento de los activos a lo largo de su vida útil, en los primeros años se presentaran altos montos de depreciación y bajos gastos de mantenimiento, mientras que los últimos años la relación será inversa. Con el avance tecnológico, algunos activos tienden a hacerse obsoletos rápidamente, lo cual justifica también la necesidad de depreciarlos en forma más acelerada.
a) Método de la suma de los dígitos de los años. Este método aplica sobre el valor por depreciar una fracción cuyo denominador corresponde a la suma de los dígitos de los años de vida útil y el numerador es el número de años que le resta de vida útil al activo.
Para el caso del activo de Torres e Hijos, cuya vida útil es de cinco años, la suma de los dígitos de los años es:
5+4+3+2+1 = 15 Algebraicamente, con el fin de obtener la suma de los dígitos de los años, debe aplicarse la siguiente formula: S = n (n+1) donde:
S = suma de los dígitos de los años n = años estimados de vida útil Para el caso del ejemplo, la suma de los dígitos es: S = 5 (5+1) = 5 (6) = 15 La fracción que se aplicara sobre el valor por depreciar para el primer año será entonces 5/15, para el segundo año será 4/15 y así sucesivamente. Las depreciaciones para cada uno de los 5 años de vida útil, en el caso del activo de Torres e Hijos. Serán:
primer año
5/15 x 12.600.000 = $4.200.000
segundo año
4/15 x 12.600.000 = $ 3.360.000
tercer año
3/15 x 12.600.000 = $ 2.520.000
cuarto año
2/15 x 12.600.000 = $ 1.680.000
quinto año
1/15 x 12.600.000 = $ 840.000
En la siguiente tabla se presentan la depreciación anual, la depreciación acumulada y el valor en libros del activo para cada uno de sus 5 años de vida útil.
Año
Depreciación anual
Depreciación acumulada
Valor en libros
1 2 3 4 5
4.200.00 3.360.00 2.520.00 1.680.00 840.00
4.200.00 7.560.00 10.080.00 11.760.00 12.600.00
8.400.00 5.040.00 2.520.00 840.00 0
Como se puede observar, por este método se deprecian los activos en mayores montos en los primeros años de vida, que bajo el método de línea recta, mientras que en los últimos años sucede lo contrario.
b) Métodos de reducción de saldos. Este método consiste en la aplicación de una tasa sobre el valor no depreciado del activo. El cálculo de la tasa se lleva a cabo mediante la siguiente formula:
Tasa de depreciación = 1- n (Valor residual/ Valor histórico) Donde n es el número de años de vida útil del activo Para el caso de Torres e Hijos, y suponiendo que el activo tiene un valor residual estimado por la empresa igual a $3.150.00, la tasa de depreciación anual por este método se calcula de la siguiente manera:
Tasa de depreciación = 1- 5 (3.150.00/12.600.00) Esta tasa debe de aplicarse para cada año sobre el valor no depreciado del activo. La depreciación para cada uno de los años de vida útil del activo en el ejemplo es la siguiente:
Primer año: $12.600.00 x 0.242142 = $3.050.896 Para el segundo año , el valor no depreciado del activo en cuestión será:
$12.600.000 - $3.050.896 -= $9.549.104 Segundo año: $9.549.104 x 0.242142 = $2.312.236 Para el tercer año, el valor no depreciado del activo en cuestión será:
$9.549.104 - $2.312.236 = $7.235.868 Tercer año: $ 7.236.868 x 0.242142 = $1.752.346 Para el cuarto año, el valor no depreciado del activo en cuestión será:
$7.236.868 - $1.752.346 = $5.484.522 Cuarto año: $5.484.522 x 2.242142 = $1.328.032 Para el quinto año, el valor no depreciado del activo en cuestión será:
$5.484.522 - $1.328.032 = $4.156.490 Quinto año: $4.156.490 x 0.242142 = $1.006.460
Año
Depreciación anual
Depreciación acumulada
Valor en libros
1
$ 3.050.896
$3.050.896
$9.549.104
2
2.312.236
5.363.132
7.236.868
3
1.752.346
7.115.478
5.484.522
4
1.328.032
8.443.510
4.156.490
5
1.006.460
9.450.000
Valor Residual 3.150.000
Si el valor residual no es significativo, este método no puede usarse, porque al aplicar la fórmula la tasa de depreciación sería 1, lo que significaría una depreciación del 100% para el primer año.
El sistema de reducción de saldos se puede aplicar con un porcentaje equivalente al doble del que se trabajaría en línea recta, en caso de activos cuya vida útil sea superior de cinco años.
Para el caso del activo de Torres e Hijos, suponiendo que este procedimiento pudiera utilizarse para este de tipos de activos y puesto que la tasa de depreciación anual por el método de línea recta es del 20% (5 años de vida), debería tomarse como porcentaje de depreciación anual el 40%, el cual se aplicaría al valor no depreciado.
La depreciación para el primer año se calcula de la siguiente forma: Primer año: $12.600.000 x 0.40 = $5.040.000 El valor por depreciar para el segundo año será:
$12.600.000 - $5.040.000 = $7.560.000 La depreciación para el segundo año se calcula de la siguiente forma: Segundo año: $7.560.000 x 0.40 = $3.024.000 El valor por depreciar para el tercer año será:
$7.560.000 - $3.024.000 = $4.536.000 La depreciación para el tercer año se calcula de la siguiente forma:
Tercer año: $4.536.000 x 0.40 = $1.814.400 El valor por depreciar para el cuarto año será:
$4.536.000 - $1.814.400 = $2.721.600 La depreciación para el cuarto año se calcula de la siguiente forma: Cuarto año: $2.721.600 x 0.40 = $1.088.640 El valor por depreciar para el quinto año será:
$2.721.600 - $1.088.640 = $1.632.960 La depreciación para el cuarto año se calcula de la siguiente forma: Quinto año: $1.632.960 x 0.40 = $653.184
Año
Depreciación anual
Depreciación acumulada
Valor en libros
1
$5.040.000
$5.040.000
$7.560.000
2
3.024.000
8.064.000
4.536.000
3
1.814.400
9.878.400
2.721.600
4
1.088.640
10.967.040
1.632.960
5
653.184
11.620.224
979.776
Cuando se utilice este sistema, el valor de la depreciación correspondiente al último año de vida útil comprenderá el monto total del saldo pendiente por depreciar (Estatuto Tributario).
Método de unidades de producción
Para algunos activos como máquinas, equipos y vehículos, su vida útil está estrechamente relacionada con la capacidad de producción, la cual se expresa en horas de trabajo, kilómetros recorridos, unidades producidas, etc. Para estos activos se utiliza este método de depreciación que consiste en calcular el monto de depreciación periódica, de acuerdo con el volumen de actividad alcanzada.
El activo de Torres e Hijos tiene una capacidad de producción de 100.000 unidades, al final de las cuales se espera que quede totalmente depreciado. La producción por año a lo largo de su vida útil fue la siguiente:
Año
Unidades producidas
1
20.000
2
40.000
3
25.000
4
15.000
La depreciación por unidad se calcula de la siguiente manera:
Depreciación por unidad = Valor histórico = ($12.600.000 /Capacidad de producción 100.000 unid) = $0.126 por unidad.
El gasto por depreciación para cada uno de los 4 años se calcula de la siguiente manera:
Primer año
20.000unid x 0.126/unid = 2.520.000
Segundo año
40.000unid x 0.126/unid = 5.040.000
Tercer año
25.000unid x 0.126/unid = 3.150.000
Cuarto año
15.000unid x 0.126/unid = 1.890.000
Año
Depreciación anual
Depreciación acumulada
Valor en libros
1
2.520.00
2.520.00
$10.080.00
2
5.040.00
7.560.00
5.040.00
3
3.150.00
10.710.00
1.890.00
4
1.890.00
12.600.00
0
Registro de los asientos Para el caso del registro de los asientos es necesario conocer la cuenta 68 valuación, depreciación y amortización de activos porque su utilización es constante y tiene la misma estructura de ejercicio a ejercicio.
Actualmente los contribuyentes y las empresas están acogidas en el régimen general y tributan en función de resultados; es decir, a la utilidad imponible que es la diferencia aritmética entre los ingresos gravados y los gastos considerados como permitidos o deducibles, se le aplica una tasa del impuesto a la renta de 28%.
Esto significa que las empresas tienen que invertir en contadores y estar constantemente al día para cumplir todos los requisitos formales que establece la ley para acceder a deducir sus gastos.
El error que muchos empresarios cometen es hacen todo lo posible, dentro de lo que permite la ley, para pagar menos impuestos, lo que consecuentemente los lleva a mostrar un resultado más bajo frente a las instituciones financieras, proveedores y clientes, generando una imagen de debilidad en la situación financiera del negocio que trae consigo menores posibilidades de acelerar el ansiado crecimiento.
El actual régimen no es progresivo, no va de la mano con el crecimiento de las empresas. Por el contrario, es un régimen que aplica la misma tasa de impuesto al que gana poco y al que gana mucho. Precisamente los primeros, al tener una presión tributaria tan alta, tienen que acceder a reducir su utilidad al máximo y caer en las famosas “contingencias tributarias”, que no es otra cosa que el riesgo de que no te reconozcan el gasto de las multas, los intereses, y las moras en una posible fiscalización, lo que finalmente puede originar que te quiebren la empresa.
Precisamente esto es lo que ha llevado que el nuevo Gobierno haga que Sunat, tenga un rostro más humano y reconozca algo que es sumamente importante: el cliente de Sunat es el contribuyente, y no existe empresa que viva para contar su historia tratando mal a su “cliente”. Para los pequeños y micro empresarios, que son los emprendedores del país, el gobierno ha tomado una decisión de afrontar una lucha real y activa contra la informalidad a través de dos premisas: (i) Una menor presión tributaria que les justifique formalizarse (pues es más barato ser formal que informal) y (ii) Haciendo que la principal demanda del mercado informal, las personas naturales, necesiten comercializar con formales.
Así pues, hasta un tope de 1,000 UIT, que significa aproximadamente 4 millones de soles, se establecerá estructuras para los emprendedores, pequeños y medianos negocios, quienes pagarían un impuesto fijo, en promedio, del 2.5% de las ventas, generando en estados financieros reales que seguramente arrojarán mayores utilidades (puesto que no habrá necesidad de incrementar gastos) y con ello vendrán mayores oportunidades para poder acceder a fuentes de funcionamiento para crecer. Así, con una tasa tan baja de impuesto, al informal le justifica formalizarse, porque es una tasa manipulable dentro del margen del negocio.
Cabe destacar que, es importante la racionalidad del gobierno: si nosotros vemos que es un negocio que genere pérdidas o no esté en una cultura de crecimiento, se puede acoger al 10 por 10, porque el negocio de la tasa fija hace negocio en la medida de un comercio que pueda generar utilidades constantemente.
Adicionalmente, las personas naturales podrán deducir de su renta neta de quinta categoría (es decir la que se calcula sobre la remuneración) hasta 15 UITs, es decir casi S/. 60,000 (actualmente es solo S/. 27,650) sustentando gastos de vivienda (intereses de hipotecarios y/o alquileres), de educación (de inicial a maestría, además de capacitaciones sin grado académico) y salud (seguro médico, farmacia, procedimientos y hospitalizaciones). Con este incentivo, las personas exigirán comprobantes de pago a los proveedores de los gastos indicados e incrementarán la masa formal, además de obligar a estos proveedores a formalizar su propia cadena de insumos. Es una propuesta en la que todos ganan y el país crecerá de forma consistente.
En primer lugar, la legislación tributaria peruana permite a las personas y empresas realizar deducciones al momento de calcular el pago del impuesto a la renta.
Así lo dispone el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta, que señala: “A fin de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta ley (…)”.
Se debe entender por deducción, según el Diccionario de la Real Academia Española, por la acción y efecto de deducir, el cual a su vez nos precisa que es restar o descontar una cantidad. Ello nos da a entender que la Ley del Impuesto a la Renta nos permite descontar un monto del importe a pagar al fisco. Efectivamente, ese importe a deducir son los gastos; no obstante, la norma nos señala los casos en el cual se podrá efectuar dicho descuento de acuerdo a ley.
Al respecto, una aproximación al concepto de gastos la encontramos en el Plan Contable General Empresarial (PCGE), el cual define al gasto como “decrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento del valor de los pasivos, siempre que no tengan su origen en distribuciones, monetarias o no, a los socios o propietarios, en su condición de tales”. Ahora bien para tener en claro si estamos ante un gasto y no un costo, se deberá identificar que sea un egreso que no sea generador directo de ingreso, aunque contribuya a la generación del mismo, y por tanto no es recuperable.
A propósito, la norma nos señala que no se trata de cualquier gasto sino que debe ser necesario para producirla y mantener la fuente, ello debido a que se aplica el principio de causalidad. Este principio considera que debe existir una relación directa entre el gasto mencionado y la generación de la renta o el mantenimiento de la fuente. Así, también lo ha señalado el Tribunal Fiscal en la RTF N° 01596-3-2003 donde precisa “toda vez que bajo el principio de causalidad todo gasto debe ser necesario y vinculado a la actividad que se desarrolla, debiendo apreciarse ello, considerando criterios de razonabilidad y proporcionalidad así como el modus operandi de la empresa”.
Finalmente, el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta presenta una relación de gastos deducibles, entre ellos: los intereses de deudas, primas de seguros, pérdidas extraordinarias, depreciaciones por desgaste u obsolescencia, provisiones, castigos por deudas incobrables, etc. No obstante, es menester señalar que esta lista no es taxativa sino solo enunciativa por lo que si se tiene un gasto que cumpla con la causalidad podrá ser deducible.
Por tanto, para que un gasto sea deducible y posteriormente no sea sujeto a una posible fiscalización por parte de la Administración que finalice con el reparo en la determinación del impuesto a la renta respecto a la renta neta imponible, además de la aplicación de sanciones como la infracción establecida en el artículo 178° num. 1 del Código Tributario, se recomienda un análisis de los gastos y los documentos que la sustenten para probar la fehaciencia y contar con medios probatorios correspondientes para levantar los posibles reparos acotados.
RENTA DE CUARTA CATEGORÍA- TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Concepto de rentas de cuarta categoría
Si tienes ingresos por tu trabajo independiente, debes pagar impuesto a la renta por cuarta categoría.
También se encuentran comprendidos los ingresos de los trabajadores del Estado con contrato CAS y las dietas de los directores, consejeros regionales y regidores municipales.
A continuación te detallamos cada tipo de estos ingresos :
Ingresos que son Rentas de Cuarta Categoría
Trabajo Individual
Es el ingreso personal por el desarrollo de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia.
Se incluyen los ingresos de las personas que prestan servicios al Estado, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. (CAS)
Desempeño de Funciones
Director de empresas: Persona integrante del directorio de las sociedades
Síndico: Funcionario encargado de la liquidación del activo y pasivo de una empresa en el caso de.
Mandatario: Persona que en virtud de un contrato realiza actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante.
Gestor de negocios: Persona que asume la gestión de los negocios o la adminsitración de los bienes de otro.
Albacea: Persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad del fallecido.
Actividades similares: Entre otras el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional por las dietas que perciban.
Importante:
Las Rentas de Cuarta Categoría corresponden a servicios prestados sin relación de dependencia.
Si la renta de Cuarta Categoría se complementa con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría ( rentas empresariales )
Cálculo del Impuesto por rentas de cuarta categoría
Pagos Mensuales: (Retenciones y Pagos a Cuenta)
Retenciones:
Si eres trabajador independiente y emites tus recibos por honorarios a personas, empresas o entidades calificados como agentes de retención, te retendrán el impuesto a la renta por un monto equivalente al 8% del importe total de tu recibo emitido.
No hay retención del impuesto cuando los recibos por honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de S/. 1,500 nuevos soles.
Ejemplo:
Juan Donayre contador de profesión emite un recibo por honorarios a la empresa El Cisne S.A.C. que pertenece al Régimen General y es agente de retención, por la suma de S/. 5000. El Cálculo de la retención se realiza de la siguiente manera:
Monto de Pago: S/. 5 000
Retención: 8%
Monto a Retener: (400)
Monto Total Neto : S/. 4 600
Tal como se advierte del ejemplo, la empresa retendrá a Juan S/. 400, por lo cual Juan recibirá S/. 4 600 como pago por sus honorarios.
Pagos a Cuenta
Como trabajador independiente, bajo determinados supuestos también te puedes encontrar obligado a presentar declaración mensual y a realizar el pago a cuenta correspondiente. aplicando la tasa del 8% sobre la renta bruta abonada.
Este pago a cuenta y declaración mensual lo debes realizar en aquellos casos en que el monto de la retención no cubre el impuesto sobre el total del ingreso mensual.
No te encuentras obligado a declarar y realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría por el ejercicio gravable 2016, si tus ingresos no superan los montos que se detallan en el siguiente cuadro:
SUPUESTO
REFERENCIA
MONTO NO SUPERIOR A:
NO TE ENCUENTRAS OBLIGADO A:
Si percibes únicamente renta de cuarta categoría
El total de tus rentas de cuarta categoría percibidas en el mes
S/ 2 880.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Si percibes renta de cuarta y quinta categoría
La suma de tus rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes
S/ 2 880.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Si percibes exclusivamente rentas de 4ta categoría por funciones de directores de empresa, síndicos, mandaterios, gestores de negocios, albaceas, regidores o similares, o perciban dichas rentas y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías.
La suma de tus rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes
S/ 2 304.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Suspensión de Retenciones
Suspensión de Retenciones y Pagos del impuesto a la Renta
Tienes derecho a solicitar esta suspensión si proyectas en el año no superar los ingresos por S/ 34,560. Este importe es válido para el ejercicio 2016 y se incluyen en su cómputo los ingresos por rentas de quinta categoría en caso ello ocurra.
La solicitud la puedes presentar desde el 1 de enero de cada año y la suspensión tiene vigencia desde el día calendario siguiente del otorgamiento de la constancia de aprobación hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
La solicitud se presenta usando su clave SOL por SUNAT virtual, la cual genera el formulario virtual N° 1609. Sólo se debe llenar los datos que requiere el sistema y de forma automática su solicitud de suspensión será aprobada en caso cumpla el requisito fundamental de no superar los ingresos proyectados anualmente.
La constancia de suspensión será presentada por el emisor de los recibos ante el agente de retención para que este no haga retenciones del impuesto.
Sólo serán procedentes aquellas solicitudes que se encuentren dentro de los supuestos señalados por la SUNAT en su Resolución N° 013-2007/SUNAT.
Declaración y Cálculo Anual
Declaración y Pago Anual del Impuesto
Cada año, la SUNAT emite una Resolución donde se establecen los contribuyentes obligados a presentar la declaración y el impuesto anual con su respectivo cronograma de vencimientos.
La SUNAT te remite una información personalizada por internet a cual podrás acceder con tu Clave SOL, conteniendo tus ingresos y créditos del impuesto a la renta, para que puedas validar la información o la corrijas en caso de desacuerdo.
Si es conforme la envías por el mismo medio y en caso las corrija la envías también por el mismo medio, con lo cual está cumplida tu declaración anual.
Cálculo Anual:
Renta Bruta
Deducciones
Renta Neta
Por el ejercicio individual de profesión, ciencia u oficio
Art. 33, inc. a) LIR
(-) 20% de la renta bruta.
(Hasta el límite de las 24 UIT)
(-) 7UIT
Renta Neta de Cuarta Categoría (monto al que se le aplica el porcentaje correspondiente)
Desempeño de funciones de director de empresas, regidor municipal y otros (dietas)
Art. 33, inc. a) LIR
No hay deducción
Renta bruta:Es el total de los ingresos afectos a la renta de cuarta categoría.
Renta Neta:Es el monto que resulta de restar a la renta bruta una deducción legal del 20% hasta el límite de 24 UITs. Dicha deducción no es aplicable a las rentas percibidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional.
Además de las rentas de cuarta y quinta categorías podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a siete (7) UITs. Los contribuyentes que obtengan rentas de ambas categorías sólo podran deducir este monto por sólo una vez.
IMPORTANTE: Para calcular el impuesto anual sobre tus rentas de cuarta categoría o en caso obtengas los dos tipos de rentas
(cuarta y quinta categoría)a partir del ejercicio 2015 están sujetas a una escala con tasas progresivas acumulativas de: 8%, 14%,
17%, 20% y 30% respectivamente sobre la renta neta.
El impuesto anual por rentas del trabajo, se paga conjuntamente con la Declaración de Renta Anual.
En caso tengas saldo a favor del impuesto podrás solicitar su devolución o compensación marcando la opción elegida en la Declaración Anual.
En caso elijas la opción de devolución se abrirá un enlace para el formulario solicitud de devolución 1649 que debes presentar inmediatamente después de presentada la Declaración anual del impuesto. En caso no lo hagas en ese momento lo podrá hacer de modo presencial ante las dependencias de la SUNAT presentado el formulario impreso N° 4949 para le mismo fin.
En caso tengas deuda por Impuesto Anual y deseas fraccionarla se te abrirá un enlace hacia la solicitud de fraccionamiento con el formulario virtual 687, inmediatamente después de presentada tu declaración anual del impuesto.