viernes, 3 de junio de 2016

SUNAT NO SANCIONARA A LAS MYPES POR DEJAR DE DECLARAR.

La administración tributaria no sancionará a las mypes por no presentar las declaraciones que contengan la determinación de tributos en los plazos establecidos y tampoco las multará por no presentar otras comunicaciones. En efecto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso aplicar esta facultad discrecional a los contribuyentes cuyo importe de sus ventas, así como de sus compras por cada uno de ellos, no superen la media UIT, equivalente a 1,975 soles. Sin embargo, se emitirá la sanción correspondiente si en el plazo otorgado por la entidad recaudadora, como consecuencia de la notificación de una esquela de omisos, no se cumple con presentar las declaraciones o comunicaciones requeridas, detalla la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 006-2016/Sunat/600000, por la cual se dispone la aplicación de la referida facultad.

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