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miércoles, 12 de octubre de 2016

ADIOS A LA SNIP???'

ADIOS A LA SNIP???


El presidente Pedro Pablo Kuczynski informó que el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) será eliminado ante las trabas que éste significó para el desarrollo de los proyectos de inversión. "Que quede claro entre los opinólogos, editorialistas y algunos topos escondidos en algunos ministerios que el SNIP murió. (...) Vamos a darle una digna sepultura al SNIP, su condecoración y chau", recalcó el mandatario durante su mensaje en la inauguración de la EXCON 2016 organizada por la Cámara Peruana de la Construcción.
El mandatario criticó que las falencias de este sistema perjudiquen proyectos. "Cómo se le puede pedir a un proyectito de agua para un pueblito de 2 mil personas que se demuestre que es rentable.Eso va a depender de que la gente pueda pagar algo por el agua, de que las EPS funcionen honestamente con gente competente", subrayó.
Aunque el presidente no dio mayores detalles sobre el sistema que reemplazará alSNIP, explicó que será sustituido por un sistema más descentralizado y con los debidos controles financieros y de eficiencia.

Hasta 7 años

El SNIP comprende tres etapas: Preinversión, Inversión y PostInversión (Ver infografía). En cada uno de los procesos se requieren de instrumentos que miden tanto la factibilidad, la ejecución y la evaluación del proceso de postinversión. Esas tres etapas demoran, en promedio, 7 años, según recordó el economista Enrique Cornejo.
"Desde que se tiene la idea hasta que la obra es entregada, el tiempo promedio es de 7 años. Esto genera un desfase presupuestal, político y social porque la gente ve que no se avanza", comentó.
Asimismo, Cornejo explicó que si bien la legislación del SNIP detalla un proceso de postinversión, actualmente esta etapa no se practica. "Este proceso es importante porque la calidad de los proyectos no solo se  evalúa con solo ejecutarlos, sino viendo el impacto que generan", especificó.
Otro problema en el SNIP para el economista es que no se aplica la debida metodología. "Para evaluar un proyecto, la rentabilidad tiene mayor ponderación que el factor social. Es decir, si no es rentable, no se hace", comentó.

500 mil viviendas en los próximos 5 años

El presidente Pedro Pablo Kuczynski recordó que la meta de su gobierno es llegar a las 500 mil viviendas en los próximos 5 años. "Nuestra meta es bien modesta. Actualmente estamos en 40 mil porque no hay suficientes facilidades financieras y tráfico de terrenos", comentó y agregó la necesidad de implementar planes metropolitanos.
Recordó que de esas 500 mil viviendas, 1 300 viviendas se realizarán a raíz de los Juegos Panamericanos. "Hay una villa panamericana con 1 300 departamentos hechos por el sector privado y vendidos por el sector privado", precisó.
Kuczynski informó también sobre el destrabe del proyecto de construcción del aeropuerto en Cusco. "Anunciaré a fin de mes en Cusco cómo resolvimos el problema y que el aeropuerto va de todas maneras", precisó. 

El dato

Según información publicada en la web del SNIP Perú, el monto ejecutado de inversión pública en Gobierno Nacional este año es de S/ 6,8 millones. Asimismo, Transporte es el sector que congrega la mayor cantidad de proyectos de inversión pública en funciones de este año con 3.877 proyectos.

FUENTE: LA REPUBLICA

martes, 11 de octubre de 2016

¿Cómo hacer rentable un negocio emprendedor?

¿Cómo hacer rentable un negocio emprendedor?

  • El gran reto de emprendedor peruano es convertir su idea o proyecto en un negocio rentable.

El Perú es un conocido como un país emprendedor. Sin embargo, muchas de esas ideas, a pesar de ser buenas, no llegan a convertirse en un negocio exitoso. Romina Díaz, directora del programa Emprende Ahora, nos explica cuales son los aspectos a considerar para hacer rentable mi emprendimiento.
¿Qué debo tener en cuenta para iniciar un negocio?
El Equipo
Un paso muy importante es decidir quienes van a ser tus socios. Tu socio es la persona con la que te vas a casar empresarialmente, tiene que ser alguien con quien trabajes bien, te complementes y que compartas ciertos principios y valores. Asimismo, al formar un equipo cada vez más grande, se debe buscar la interdisciplinariedad.
“Más vale un excelente equipo con un modelo de negocio regular que un excelente modelo de negocio con un equipo regular.”, enfatiza.
Validar el producto
Un segundo punto a considerar es enfocarnos en un problema, una necesidad que se quiera resolver. De acuerdo a esta necesidad, se crea un producto o servicio que debe ser validado por el cliente; son ellos los que deciden. Hay que recordar que no hay producto perfecto, poco a poco se va perfeccionando con el feedback de los clientes.
Financiamiento
Hay emprendimientos que han empezado con S/0. Esto se debe a que han desarrollado un producto en un momentum adecuado y a partir de esto han conseguido clientes rápido. Lo más importante es tener un público y para ello tienes que tener un producto o servicio que responda a sus necesidades.
Cuando consideras que necesitas capital para hacer crecer tu negocio, lo más importante es preguntarse cual es la fuente más adecuada para tu caso.
En general, la primera fuente de recursos a la que debemos orientarnos son nuestros ahorros. Seguido por un financiamiento a través de nuestra red de contactos: familia, amigos y conocidos. Y también, existen en el mercado capitales semillas como los de Star Up Perú, Innóvate Perú y fondos de universidades.
Hay que tomar en consideración que si se piensa en estas redes de inversión, el negocio debe tener ya un desarrollo importante, demostrar que posee un mercado cautivo y que tiene pontencial. Solamente así, los inversionistas decidirán invertir.
¿De qué depende el éxito del negocio?
El éxito está en el equipo, en lo que sea capaz de aprender, aplicar y proponer, de esta manera generar valor para la empresa y sus inversionistas.
Es importante también el conocimiento del sector al que se dirige, en el equipo debe haber personas que conozcan el mercado para fácilmente penetrar en él, tener contactos y poder empezar con clientes o aliados que nos ayuden a tener una propuesta mucho más rentable.
Una cosa a destacar es que el planteamiento del modelo de negocio debe tener un enfoque innovador ya sea desde el producto, los proceso o la forma en la que se llega a los clientes. Tienes que buscar diferenciarte de tu competencia y crear valor en el mercado.
Mes del emprendimiento
En noviembre, se llevará acabo el mes del emprendimento que reunirá a más de 40 organizaciones entre públicas y privada (Produce, Cofide, Wayra, universidades y comunidades de emprendedores) que ofrecerán diferente actividades destinadas a mejorar el ecosistema de emprendimiento en el país. Los intersados pueden consultar la web peru-emprende.pe.
Fuente: Diario Gestión

miércoles, 5 de octubre de 2016

Ministerio de trabajo precisa normas sobre gratificaciones no gravadas con el essalud y retiro de CTS

Ministerio de trabajo precisa normas sobre gratificaciones no gravadas con el essalud y retiro de CTS

    El sábado 1° de octubre se ha publicado en El Peruano el DS.012-2016-TR, con el cual se aprueban las normas reglamentarias de la Ley 30334 (El Peruano 24/06/15), referida a las inafectaciones de las gratificaciones y al monto de libre disponibilidad de la CTS.
Precisando lo siguiente:
GRATIFICACIONES NO GRAVADAS AL ESSALUD:
–          No gravadas.- Las gratificaciones de julio y diciembre que perciben los trabajadores no están gravadas con las contribuciones al ESSALUD, AFP, ONP, SENATI y SENCICO.
–          5ta categoría.- Dichas gratificaciones están gravadas con el impuesto a la renta (5ta categoría) cuando la remuneración mensual del trabajador supere S/1,975 (año 2016).
–          Gratificaciones truncas.- Las reglas que anteceden se aplican a las gratificaciones truncas, esto es, a las gratificaciones proporcionales que reciben los trabajadores que cesan antes de julio y diciembre.
–          Bonificación.- La bonificación extraordinaria, esto es, el 9 % sobre la gratificación que los empleadores dejan de aportar a ESSALUD, debe ser entregada a los trabajadores conjuntamente con su gratificación principal (hasta el 15 de julio o 15 de diciembre, según el caso).
–          EPS.- Para el caso de los trabajadores afiliados a una entidad prestadora de salud (EPS), su bonificación extraordinaria será el 6.75% sobre el monto de la gratificación pagada al trabajador.
DISPONIBILIDAD DE LA CTS:
–          Retiro.- Los trabajadores tienen derecho a retirar el 100% de su CTS que exceda a 4 remuneraciones brutas.
–          Última remuneración.- Se toma en cuenta la última remuneración que tuviera el trabajador, antes de la fecha en la que solicita a su empleador, su decisión de disponer de la CTS depositada en el banco.
–          Comisionistas.- Para el caso de comisionistas y destajeros, considerar como remuneración el promedio de comisiones o destajo de los 6 últimos meses.
–          Monto intangible.- El monto intangible de cada trabajador se obtiene multiplicando la última remuneración por cuatro.
–          Aviso al banco.- A pedido del trabajador, el empleador debe comunicar al banco (depositario) – dentro de los 3 días hábiles siguientes – el monto intangible de CTS que tuviera el trabajador (última remuneración por 4). Se elimina la obligación de comunicar al banco el monto intangible al 30 de abril y 31 de octubre, que establecía la normatividad anterior.
–          Autoridad inspectiva.- En caso de negativa injustificada o demora del empleador, el trabajador podrá acudir a la autoridad inspectiva de trabajo, para que esta comunique al banco el monto intangible, sin perjuicio de aplicar la multa correspondiente.
–          Varias cuentas CTS.- Para el caso de trabajadores que poseen varias cuentas de CTS, abiertas por el mismo empleador, en el mismo banco, la cuenta de dólares se suma a la de soles para determinar el monto intangible (tipo de cambio de la fecha de retiro).
–          CTS de varios empleadores.- Para el caso de trabajadores que tengan más de una cuenta CTS que corresponde a diversos empleadores, cada cuenta se administrará de manera diferente, no debiendo sumarse los saldos para determinar el monto intangible.
Fuente: Cámara de Comercio de Lima

lunes, 26 de septiembre de 2016

SUNAT NO PUEDE PRESUMIR MALA FE DEL CONTRIBUYENTE

    El Tribunal Constitucional (TC) sentenció que la Superintendencia de Administración Tributaria, Sunat, no puede presumir la mala fe del contribuyente e imponerle intereses moratorios cuando ejerce su legítimo derecho constitucional de cuestionar las decisiones administrativas.
Sobre todo, subraya el TC, cuando el procedimiento se extendió más allá del plazo legal por causas imputables a la administración. Además, dice “el cómputo de intereses moratorios durante el trámite del procedimiento contencioso tributario lesiona el derecho a recurrir en sede administrativa, así como el principio de razonabilidad de las sanciones”, indica el TC al resolver la demanda de amparo contenida en el expediente 04082-2012-PA/TC.
También señala que tampoco puede aplicar intereses moratorios al imponer una multa, pues esta resulta inconstitucional, al transgredir el principio de razonabilidad de las sanciones administrativas reconocidas por la jurisprudencia constitucional.
El TC considera que la aplicación de la regla de capitalización de intereses transgrede el principio de razonabilidad y es una forma de acentuar la sanción por la mora en el cumplimiento de una obligación.
El Tribunal Constitucional evaluó la capitalización de interés y el proceso administrativo de la Sunat al resolver una demanda de amparo presentada por Emilia Medina de Baca contra la Sunat.
Las multas se habían impuesto el 2004 y con capitalización de interés e intereses cobrados durante la reclamación administrativa, la deuda se había quintuplicado, de tal manera que una deuda inicial de S/ 22.889, la Sunat pretendía cobrar S/ 116.873.
La clave
El contribuyente puede hacer un ejercicio abusivo del derecho de impugnar las decisiones de la Sunat, dice el Tribunal Constitucional, cuando obra con temeridad, mala fe o dolo en la interposición de los recursos. Pero, “dichas conductas, indica el TC, no pueden presumirse, sino que deben declararse por el órgano administrativo competente sobre la base de hechos específicos, debidamente probados”.
Fuente: Diario Gestión

POR QUE UN QUIOSCO O COMIDA RÁPIDA ES BUEN NEGOCIO

Entre los muchos negocios que existen de comida, el Kiosco es una “tendencia” que está cobrando fuerza porque tiene la ventaja de ser un negocio que no requiere tanto espacio como un local, ya sea un restaurante o una cafetería. Además, tiene la ventaja de no utilizar tantos utensilios y equipos.
Ésta resulta ser una buena Idea de Negocio ya que puedes ubicarlo en un lugar muy concurrido, lo cual lo hace accesible por el poco espacio que necesita; de esta forma puedes generar ganancias posicionándote en plazas, centros comerciales, terminales, etc.
QUÉ DEBERÍAS VENDER
Los kioscos son conocidos por vender múltiples golosinas y pequeños antojos entre los cuales podemos enumerar chocolates, gomitas, paletas, cigarros, aguas embotelladas, jugos, refrescos y muchas cosas más. Sin embargo, como ya te estoy hablando de una oportunidad de negocio en la que buscamos ganancias más elevadas (eso no quiere decir que vender golosinas no sea rentable) debemos ampliar e invertir más en lo que vayamos a ofrecer, en este caso un kiosco de comida, pero para ser más exactos, una Cafetería y/o snacks.
En los últimos años, este tipo de kioscos se han popularizado porque ofrecen un aperitivo sencillo pero que gusta a la gente, pues a muchos les agrada el aroma del café o el olor de una crepa recién preparada.
Prácticamente con esta Idea de Negocio puedes vender lo mismo que una cafetería, sin embargo, seguramente no podrías contar con la misma instrumentaría o maquinaria que tendrías en un local; aunque eso no es impedimento, porque puedes ofrecer lo que más se busca: café (principalmente capuchino, expreso y americano que son los más demandados), baguetes, muffins, etc.
También considera que puedes tener un kiosco únicamente de crepas, o en otras palabras, una crepería. Para saber más de esta Idea de Negocio te recomiendo que revises esta información dando clic aquí.
Generalmente la venta de café, snacks y crepas es lo que deberías considerar para un kiosco.
¿DÓNDE POSICIONARTE?
No necesitas “romperte la cabeza” para saber que los lugares más concurridos son los que deberías elegir como ubicación para un kiosco, pues toma en cuenta que los transeúntes o gente que vaya a una plaza conocida, verán tu negocio y se acercarán al menos por curiosidad.
Algunos de los lugares que son recomendables para este tipo de negocio son: plazas, parques, centros comerciales y hasta escuelas; si tomas este último, considera que tu comida debe ser un poco más nutritiva y ofrecer algo más sano como cocteles de frutas o ensaladas.
Es importante que donde sea que te establezcas, investigues qué permisos se necesitan para poder posicionarte allí, pues los trámites pueden variar dependiendo de la ubicación y hasta el estado en el que resides.
VENTAJAS
Ya lo había dicho, aunque no se puede ofrecer la misma variedad de productos que en un local, las ventajas son muy notables.
  • No necesitas de mucho espacio debido a que no es algo muy grande como un local.
  • Algunos de ellos pueden ser movibles, es decir, que son plegables, lo suficiente como para cambiarte de lugar cuando así lo requieras, pero eso dependerá del tipo de kiosco que adquieras.
  • No gastas en renta, pero debemos aclarar que en la mayoría de veces debes pagar por un espacio, el mismo que utiliza tu kiosco, regularmente son los centros comerciales los que tienen cuotas más altas para establecerse.
  • Menos inversión, para un kiosco no necesitas tanto capital como si abrieras un local, un Restaurante o una cafetería, toma en cuenta que una renta en un local de centro comercial es muy costosa. Además, el gasto de energía o gas podría ser menos, pero eso sí, aunque sea un kiosco, requieres de los permisos donde se aclara que necesitas luz industrial, entre otros servicios.
  • Uno o más conceptos, puedes poner únicamente una crepería o una cafetería si así lo deseas, pero eso no quiere decir que te limites, pues puedes combinar ambas Ideas de Negocio.
Fuente: 100 Negocios
EL PODER JUDICIAL SE PRONUNCIA DONDE SENTENCIA DEFINITIVA NO AUTORIZA LA REDUCCIÓN DE REMUNERACIONES

LEAMOS Y NO NOS DEJEMOS SORPRENDER

http://www.sunafil.gob.pe/